Se decreta la suspensión de términos para los procesos de Procedimientos Mercantiles, Procedimientos de Insolvencia y de Intervención Judicial que se tramitan en la Supersociedades.


En virtud de lo dispuesto en el presente acto administrativo, se establece la suspensión de términos en todos los procesos jurisdiccionales que se encuentran en curso en la sede de Bogotá y en las Intendencias Regionales de la Superintendencia de Sociedades.

Este periodo de suspensión abarcará desde el 23 de diciembre de 2023 hasta el 14 de enero de 2024, ambos inclusive, conforme a lo argumentado en la parte motivacional de la resolución.

Durante la suspensión de términos, se destaca que no habrá atención al público en el Grupo de Apoyo Judicial en la sede de Bogotá ni en las Intendencias Regionales, específicamente en relación con los procesos jurisdiccionales que se están gestionando. Esta medida busca garantizar un ambiente propicio para la revisión interna de los procedimientos y la optimización de la atención a los usuarios.

Posteriormente, se dispone la reanudación de los términos suspendidos a partir del 15 de enero de 2024. Es importante destacar que esta fecha marca el reinicio de la normalidad procesal y la continuación de los casos jurisdiccionales que se encontraban temporalmente detenidos.

En el marco de esta resolución, se asigna una responsabilidad específica a ciertos funcionarios de la Superintendencia de Sociedades. Se espera que los integrantes de las Delegaturas de Procedimientos de Insolvencia y de Procedimientos Mercantiles, así como la Dirección de Intervención Judicial y su grupo adscrito de la Delegatura de Intervención y Asuntos Financieros Especiales, junto con la Secretaria Administrativa – Grupo de Apoyo Judicial y las Intendencias Regionales, gestionen procesos de descongestión y revisión de estadísticas durante la suspensión de términos. Esto se presenta como una oportunidad para mejorar la eficiencia y la calidad en la atención a los usuarios.

En última instancia, se establece que la presente resolución entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación, consolidando así las disposiciones y medidas contempladas en el documento administrativo.


Contenido dé la resolución:

ArtículoContenido
PrimeroSuspensión de términos en procesos jurisdiccionales.
Parágrafo PrimeroNo habrá atención al público durante la suspensión.
SegundoReanudación de términos a partir del 15 de enero de 2024.
TerceroFuncionarios gestionarán procesos de descongestión durante la suspensión.
CuartoLa resolución rige a partir de su publicación.

¿Cuál es el propósito principal de la suspensión de términos según lo establecido en la resolución?

El propósito principal de la suspensión de términos, según lo establecido en la resolución, es optimizar la gestión interna de la Superintendencia de Sociedades. Esto implica la revisión de procedimientos, la descongestión de casos y la mejora en la atención a los usuarios durante el periodo del 23 de diciembre de 2023 al 14 de enero de 2024.


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