RESUELVE Artículo 1. Ámbito de aplicación. La presente Resolución aplica para los obligados a la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia, a través de los servicios informáticos electrónicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN por el año gravable 2020 o la fracción del año gravable 2021 y para los obligados a la notificación del informe país por país. Artículo 2. Procedimiento aplicable para la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia – Formulario 120. Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, obligados a la presentación de la Declaración Informativa de Precios de Transferencia de que trata el artículo 260-9 del Estatuto Tributario, por el año gravable de 2020 o la fracción del año gravable 2021, deberán seguir los siguientes pasos a través de los servicios informáticos electrónicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN: |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Resolución No 000072 / 11-08-2021 Descargar |