Se establece la presentación obligatoria de las operaciones del régimen de Tránsito Aduanero a través de los servicios informáticos electrónicos.

SOLICITUD, AUTORIZACIÓN, EJECUCIÓN Y FINALIZACIÓN DE LAS OPERACIONES DE TRÁNSITO ADUANERO. La solicitud, autorización, ejecución y finalización de las operaciones de Tránsito Aduanero y las operaciones de transporte multimodal a nivel nacional deberán tramitarse, autorizarse, ejecutarse y finalizarse a través del servicio informático tránsito aduanero dispuesto para tal fin.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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