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RESUELVE
Artículo Primero: Calificación. Calificar como Grandes Contribuyentes de los Impuestos Distritales en Santiago de Cali, a los determinados como grandes contribuyentes por la Dirección de Impuestos y Aduanas nacionales Dian, y a los agentes autorretenedores del impuesto de industria y comercio en Santiago de Cali.
Parágrafo: Los contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio designados en la presente resolución como grandes contribuyentes, que tengan la calidad de agentes de retención de dicho tribute, la seguirán teniendo en las condiciones previstas en las normas que regulan este mecanismo anticipado de pago.
Articulo Segundo: Oficina Especializada de Grandes Contribuyentes. La Oficina Especializada de Grandes Contribuyentes de los Impuesto Distritales en Santiago de Cali, se ubicara en el Centro de Atención al Contribuyente de la Subdirección de Impuestos y Rentas Distritales y tendrá como referente la información de los grandes contribuyentes de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales- DIAN y a los autorretenedores del impuesto de industria y comercio del Distrito de Santiago de Cali.
De conformidad con lo establecido en el articulo 5 del Decreto Extraordinario No. 411.0.20.0139 de 2012, las personas o entidades señaladas como grandes contribuyentes de los impuestos distritales de Santiago de Cali, deberán cumplir todas sus obligaciones tributarias, en la oficina especializada de grandes contribuyentes, y en los bancos o entidades asignados para recaudar y recepcionar sus declaraciones tributarias.
Articulo Tercero: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial del de Santiago de Cali.
Dada en Santiago de Cali, a los (19 ) días del mes de Julio de (2022)
Alcaldia de Santiago de Cali. Resolución Nº Nº (4131.040.21.0304) / 19-07-2022 Ampliar Información |