Se reajustan los valores establecidos como promedio diario por unidad de actividades del impuesto de industria y comercio, para el año 2025.


Resoluciones de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá (SDH):

Obligaciones y Ajustes Tributarios

La Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá (SDH), mediante resoluciones recientes, ha definido lineamientos clave que afectan tanto a concesionarios como a contribuyentes del Distrito. 

Estas disposiciones buscan regular la información tributaria y ajustar valores asociados a impuestos, con un impacto directo en la operación de actividades comerciales en Bogotá.


Principales Resoluciones Emitidas por la SDH

1. Resolución No. DDI-045668 (28 de noviembre de 2024)

Tema: Información que debe suministrarse sobre contratos en puertos aéreos.

Entidad/Persona ObligadaTipo de Contratos ReguladosObligación Principal
OPAIN S.A.Arrendamiento, uso, usufructo, u otra forma de explotación comercial.Reportar información detallada a la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá (DIB).
Personas naturales y jurídicasContratos comerciales celebrados en áreas de concesión.Proveer datos sobre las condiciones y el desarrollo de los acuerdos.
Consorcios, uniones temporales y sociedades de hechoContratos en áreas mercantiles concesionadas.Cumplir con los requisitos de información exigidos por la SDH.

Este marco normativo está enfocado en actividades comerciales en áreas objeto de concesión en puertos aéreos, garantizando el cumplimiento de las obligaciones tributarias y la transparencia en las operaciones comerciales.


2. Resolución No. DDI-045684 (28 de noviembre de 2024)

Tema: Reajuste de valores promedio diario para el cálculo del impuesto de industria y comercio (ICA).

Aspectos clave:

  • Reajuste anual: Los valores establecidos como promedio diario por unidad de actividad económica se actualizan para el año 2025.
  • Impacto fiscal: Este reajuste incide directamente en la base gravable del ICA, ajustándose a la inflación y a las condiciones económicas actuales.

Tasa de Interés Moratorio

En relación con las obligaciones administradas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN):

  • Determinación de la tasa diaria: Se liquida diariamente con base en la tasa de usura vigente definida por la Superintendencia Financiera, descontando dos (2) puntos.
  • Publicación oficial: La DIAN publica esta tasa en su sitio web, facilitando el acceso a la información para contribuyentes y entidades.

Resumen de Obligaciones para Contribuyentes

Entidades y Personas Afectadas

  • Concesionarios: Obligados a reportar información detallada de contratos en áreas concesionadas.
  • Contribuyentes del ICA: Deberán ajustar sus cálculos tributarios según los valores promedio actualizados para 2025.

Principales Deberes

  1. Cumplimiento informativo: Asegurar el suministro oportuno y detallado de la información requerida por la DIB.
  2. Actualización en cálculos fiscales: Incorporar los valores reajustados en la liquidación del ICA.
  3. Monitoreo de tasas de interés moratorio: Consultar periódicamente la tasa publicada por la DIAN para liquidar intereses de manera adecuada.

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Conclusión

Las resoluciones de la SDH reflejan un esfuerzo por optimizar la transparencia y el control tributario en Bogotá, especialmente en sectores estratégicos como los concesionarios de puertos aéreos.

  • La Resolución No. DDI-045668 establece obligaciones claras para reportar información sobre contratos comerciales, fortaleciendo el cumplimiento fiscal en áreas concesionadas.
  • La Resolución No. DDI-045684 garantiza que el ajuste de valores promedio para el ICA sea coherente con la dinámica económica.
  • La regulación de la tasa de interés moratorio asegura un tratamiento justo y uniforme en el cálculo de intereses por mora.

En síntesis, estas disposiciones buscan fortalecer la transparencia tributaria y garantizar que las contribuciones sean justas y alineadas con la normativa vigente.



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