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Las facturas emitidas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales se
entienden válidas y eficaces con su expedición, sin requerirse formalidades
adicionales.
ARTÍCULO 1. Definición. La factura del impuesto sobre la renta y complementarios de que trata el artículo 616-5 del Estatuto Tributario corresponde a un acto administrativo de determinación oficial del impuesto, proferido por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, el cual, una vez queda en firme, al contener una obligación clara, expresa y exigible a cargo del contribuyente, constituye un título que presta mérito ejecutivo en el proceso de cobro coactivo del impuesto sobre la renta y complementarios.
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Proyecto de Resolución. Ampliar Información |