Por medio de este acto administrativo se establecen los plazos y requisitos mínimos para la presentación a través del Sistema Integrado de Reportes Financieros – SIRFIN, de los Estados Financieros de Propósito General con corte a 31 de diciembre de 2021, junto con los documentos adicionales requeridos. Las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control están obligadas a reportar los Estados Financieros de Propósito General, sin necesidad de orden expresa de carácter particular emitida por esta Superintendencia; por mandato del artículo 289 del Código de Comercio. |
Supersociedades. Circular Nº 100-000016 / 17-11-2021 Descargar |