Consulta: Mediante el radicado de la referencia, el peticionario solicita se precise el alcance de las normas que actualmente rigen para la emisión de la certificación de subcapitalización por de que trata el parágrafo 1º del artículo 118-1 del Estatuto Tributario, aclarando las inquietudes que se enuncian y responden a continuación: 1. Teniendo en cuenta que el Decreto 761 de 2020 no consagra un régimen de transición para aquellas certificaciones que deban emitirse en el transcurso del año 2020 por el período gravable 2019, se pregunta: ¿Deben emitirse las certificaciones de 2019 bajo las reglas fijadas en la Ley 1943 de 2018 y el Decreto 1146 de 2019, a pesar de haber sido declarada inexequible la primera y haber sufrido decaimiento el segundo? O, por el contrario, ¿las certificaciones expedidas por el año gravable 2019 deben ser emitidas bajo el amparo de la Ley 2010 de 2019 y el Decreto 761 de 2020? ¿Qué sucede con las certificaciones que ya se emitieron? |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Concepto No 1299 / 19-10-2020 Descargar |