Mediante el radicado de la referencia, la peticionaria consulta si las personas naturales obligadas a suministrar información, de conformidad con el parágrafo 3° del artículo 1° de la Resolución 045 de agosto de 2018, la cual modificó la Resolución 060 de 2017 ¿Deben presentar información únicamente respecto de los ingresos, costos y deducciones asociados a dichas rentas y no en relación con el patrimonio? Por consiguiente, es claro que la información que deben suministrar las personas naturales y asimiladas enunciadas en el literal d) y f), es únicamente la referida a las rentas de capital y las rentas no laborales. De otro lado, las personas naturales, que percibieron ingresos diferentes a rentas de capital y rentas no laborales en el año gravable 2018, no están obligadas a entregar información exógena del mismo año respecto a los literales d) y f). |