Suspensión del cobro judicial y prescripción para deudores previstos en artículo 4° de la presente ley.

EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:

ARTÍCULO 1°. Objeto.
 La presente ley tiene por objeto adoptar medidas para aliviar las obligaciones financieras y no financieras de aquellos pequeños y medianos productores agropecuarios, pesqueros, acuícolas, forestales y agroindustriales afectados por fenómenos fitosanitarios, zoosanitarios (generadas por plagas y enfermedades en cultivos y animales), biológicos, caída severa y sostenida de ingresos de conformidad con el artículo 12 de la Ley 1731 de 2014, afectaciones fitosanitarias y zoosanitarias, climáticas y en general por cualquier otro fenómeno no controlable por el productor que haya afectado su actividad productiva y comercialización impidiéndoles dar cumplimiento a las mismas.
El Congreso de Colombia.
Ley 2071 de 31-12-2020
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