Se habilita el Formulario 110 “Declaración de renta y complementario para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas. / Se fijan las fechas de los días sin IVA que aplicarán para el año 2022. / Se establece un plazo especial para la generación y transmisión del documento soporte de pago de nómina electrónica para empleadores no obligados a expedir factura electrónica de venta.
Hecho generador, Impuesto al patrimonio, Base gravable, Impuesto complementario de normalización tributaria. / Ley general del turismo, Exención tributaria. / Retención en la fuente en el contrato de mutuo. / Impuesto sobre la renta y complementarios. Deducciones. / Crédito fiscal para inversiones en proyectos de investigación, desarrollo tecnológico e innovación. / Descuentos condicionados, Hecho generador y Facturación electrónica. / Implementación de los pagos de nómina en el sistema de factura electrónica de venta.
Se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 17.24%, lo cual representa un aumento de 6 puntos básicos (0.06%) en relación con la anterior certificación (17.18%).
El presidente de la República, Iván Duque, anunció las nuevas fechas en las que se llevará a cabo los nuevos tres días sin IVA en Colombia, se adelantarían entre los meses de noviembre y diciembre de 2021.
Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta sobre la vigencia del Decreto 1001 de 1997, Por el cual se reglamentan los artículos 616-1 616-2 del Estatuto Tributario y se dictan otras disposiciones.
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