Designar a los grandes contribuyentes de los impuestos distritales establecidos por la Dirección Distrital de Impuestos de Bogotá y a los contribuyentes pertenecientes al régimen común del impuesto de industria y comercio como agentes retenedores del impuesto de industria y comercio.
La obligación de llevar contabilidad está determinada de acuerdo con la ley y no con que un contribuyente sea sujeto pasivo o responsable de ciertos impuestos.
Con el fin de explicar a los contribuyentes la aplicación del artículo 268 de la Ley 1955 de 2019, en el cual se dispuso: “Créese un régimen especial en materia tributaria para los departamentos de La Guajira, Norte de Santander y Arauca
La norma precisa que no estarán obligados a declarar renta, entre otros, los asalariados que no sean responsables del impuesto a las ventas (IVA) cuyos ingresos brutos provengan por lo menos en un 80 % de pagos originados en una relación laboral o legal y reglamentaria, siempre y cuando, en relación con el año gravable 2019, se cumplan la totalidad de los siguientes requisitos adicionales:
Ajuste del costo de los activos fijos. Los contribuyentes podrán ajustar el costo de los activos fijos por el año gravable 2019, en tres punto treinta y seis por ciento (3.36%), de acuerdo con lo previsto en el artículo 70 del Estatuto Tributario.”
Cuando se distribuyan las utilidades generadas con anterioridad al año gravable 2017 y se efectúe el pago o abono en cuenta -lo que suceda primero-, con posterioridad al año gravable 2016, los dividendos y participaciones para las personas naturales no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes tendrán el siguiente tratamiento:”
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