Eleva una consulta relacionada con la Circular Externa 100-000016 del 24 de diciembre de 2020, que modificó el Capítulo X de la Circular Externa 100-000005 de 2017 de la Superintendencia de Sociedades.
¿Las empresas constituidas después de la expedición del Decreto Reglamentario 1650 de 2017 que no hayan adicionado la expresión “ZOMAC” a su razón social, pierden los beneficios tributarios o pueden modificar sus estatutos adicionando a su razón social la expresión “ZOMAC”, y luego acceder a los beneficios? ¿Cuál sería el procedimiento?
Tratamiento para las sociedades beneficiarias del régimen ZESE que se acogen a partir del período gravable 2021, preguntando específicamente si al presentar la declaración de renta correspondiente al año gravable 2020 se encuentran obligadas a liquidar anticipo para el año gravable 2021.
“Leyendo el artículo 138 Decreto 360 que modificó el 766 del 1165/19, se podría interpretar que se puede aplicar el Literal g) del Artículo 428 del Estatuto Tributario siendo OEA Exportador sin haber terminado la vigencia de los ALTEX y la emergencia económica.”
“Para la modalidad de transporte internacional de mercancías por carretera, “los vehículos y unidades de carga” registrados ante la Subdirección de Gestión de Registro Aduanero o la dependencia que haga sus veces, se constituyen de pleno derecho como garantía exigible para responder por los gravámenes a la importación.
Debido a la inestabilidad de los servicios tecnológicos de la Entidad, ocasionada por la alta demanda de su plataforma en los últimos días, fue declarada la contingencia para los vencimientos del reporte de información en medios magnéticos.