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DEVOLUCIÓN DE LOS VALORES PAGADOS POR CONCEPTO DE IMPUESTO DE INDUSTRIA Y COMERCIO Y COMPLEMENTARIOS – Improcedencia.
Concejo del Municipio de Dibulla reguló el impuesto de industria y comercio y complementarios, que grava el ejercicio de las actividades industriales, comerciales y de servicios en esa jurisdicción, el Acuerdo 029 de 2008 definió las actividades de servicio y consideró como tales, entre otras, la actividad de la “construcción”.