Impuesto a las ventas / Importaciones excluidas.
¿Es procedente/aplicable la exención de que trata el artículo 480 del Estatuto tributario cuando la solicitud elevada ante el Comité de entidades sin ánimo de lucro tiene como objeto la importación no de bienes y equipos donados como tal, sino de bienes y equipos que fueron adquiridos con dineros donados?