Tarifa del nueve por ciento (9%) para los servicios hoteleros prestados en nuevos hoteles y en hoteles remodelados y/o ampliados.

Por el cual se reglamentan los literales a), b), e), d), f), g), h), e i) del parágrafo 5 del artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 41 de la Ley 2068 de 2020 y se adicionan las Secciones 2 y 3 al Capítulo 28 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Decreto Nº 1652 / 06-12-2021

Descargar