El artículo 235-3 del Estatuto Tributario, fue adicionado por el artículo 75 de la Ley 2010 de 2019 y dispuso: Apartir del 1 de enero de 2020, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios que realicen nuevas inversiones dentro del territorio nacional con valor igualo superior a treinta millones (30.000.000) UVT en cualquier actividad industrial, comercial y/o de servicios y generen al menos cuatrocientos (400) nuevos empleos directos asociados al desarrollo de esta inversión, cumplirán las obligaciones tributarias sustantivas correspondientes al impuesto sobre la renta y complementarios. Régimen tributario de las megainversiones en el impuesto sobre la renta y complementarios. Artículo. 1.2.1.28.1.1. Definiciones y criterios en la aplicación del régimen de mega inversión. Para efectos de la aplicación del régimen de megainversión en el impuesto sobre la renta y complementarios de que tratan los artículos 235-3 y 235-4 del Estatuto Tributario, se deberán tener en cuenta, las siguientes definiciones y criterios: |
Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Decreto No 1157 / 21-08-2020 Descarga |