Consulta: Mediante el radicado de la referencia, el peticionario consulta lo siguiente: “…Cual es el trámite jurídico para la exención del IVA en los trámites de importación en relación con el artículo 447 del estatuto tributario literal n, equipos, software y demás implementos de sistemas y comunicaciones para uso de las fuerzas militares y policía nacional… especificando el alcance del término “uso de las fuerzas militares y de policía”, y que documentos soportes se debían aportar. Igualmente se informe el valor total de la exención (…) y finalmente, se informe si dicha exención aplica para los equipos objeto de importación cuya propiedad sea de una entidad distinta a las fuerzas militares y de policía, y cómo operaría dicha exención mediando un convenio entre una entidad pública propietaria de los equipos y las fuerzas militares y de policía”. |
Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Impuesto sobre las ventas. Exenciones. Descarga |