Consulta:
¿En los contratos de concesión y -APP- los ingresos, costos y deducciones de la fase de pre – construcción, reciben el mismo tratamiento previsto para ellos en la fase de construcción?.
El manejo fiscal que el contribuyente debe otorgar a los gastos incurridos en las etapas de construcción, administración, operación y mantenimiento, será el previsto por el artículo 32 de E.T, es decir el modelo de activo intangible.