De acuerdo con lo señalado en el artículo 8 del decreto 491 del 28 de marzo del 2020, expedido con ocasión del estado de emergencia, la vigencia de todas las certificaciones de entrenamiento y reentrenamiento expedidas a trabajadores que realicen tareas de trabajo en alturas con riesgo de caídas, que se hubieren vencido desde el 12 de marzo de 2020. O fecha de expedición de la resolución 385 de 2020 del ministerio de salud y protección social mediante la cual se declaró la emergencia sanitaria, se entenderá prorrogada automáticamente hasta por un (1) mes después de la fecha de superación de dicha emergencia sanitaria. |