La Sala del Consejo de Estado resolvió declarar fundado el recurso extraordinario de revisión, en el marco del caso en discusión, al constatar que no se aplicó el principio de favorabilidad en la sanción por inexactitud tributaria.
Esta decisión se basa en el artículo 648 del Estatuto Tributario y ordena al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca emitir una sentencia de reemplazo conforme al artículo 255 del CPACA.
Aspectos clave de la Sentencia
Aspecto
Descripción
Sanción por inexactitud tributaria
Se redujo de un 140% a un 100% en base a la Ley 1819 de 2016, lo que resultó más favorable para el contribuyente.
Principio de favorabilidad
Aplicado en beneficio del contribuyente al reducir la sanción y garantizar un proceso justo.
Violación al debido proceso
La falta de aplicación de la sanción más favorable constituyó un vicio en la sentencia original, violando el derecho al debido proceso.
Comparativa de la sanción antes y después de la Ley 1819 de 2016
Antes de la Ley 1819 de 2016
Después de la Ley 1819 de 2016
Cambio principal
Sanción por inexactitud del 140%
Reducción de la sanción al 100% en base a la ley más favorable
Aplicación del principio de favorabilidad, beneficiando al contribuyente con una sanción reducida.
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Pronunciamiento
Descripción
Oficio 2020-32456
Criterios de aplicación del principio de favorabilidad en sanciones tributarias.
Concepto 2021-87321
Análisis sobre la aplicabilidad del artículo 648 en contextos de sanciones por inexactitud tributaria.
Normatividad
Normatividad
Descripción
Artículo 648 del Estatuto Tributario
Regula las sanciones por inexactitud en las declaraciones tributarias.
Artículo 59 de la Ley 788 de 2002
Originalmente establecía la sanción en un 140% para el régimen tributario municipal.
Ley 1819 de 2016
Modificó la sanción al 100%, ofreciendo una sanción más favorable en casos de inexactitud tributaria.
¿Cuál es el objetivo principal del recurso extraordinario de revisión en este caso?
Garantizar que se aplique la sanción más favorable para el contribuyente, protegiendo la justicia material y el debido proceso.
2
¿Por qué se aplicó el principio de favorabilidad en la sanción por inexactitud?
Porque la Ley 1819 de 2016 estableció una sanción más baja (100%) comparada con la previa del 140%, lo que favorece al contribuyente.
3
¿Qué implica la sentencia de reemplazo ordenada al Tribunal Administrativo del Valle?
Que se emita una nueva sentencia que aplique el artículo 648 conforme al principio de favorabilidad.
Ejemplo práctico
Una empresa que cometió una inexactitud en su declaración fiscal fue inicialmente sancionada con el 140%. Sin embargo, bajo el principio de favorabilidad y de acuerdo con la Ley 1819 de 2016, la sanción se ajusta al 100%, lo cual resulta más beneficioso para la empresa en su situación tributaria.